Les formes d'intervenció lingüística i les tècniques jurídiques de protecció de les llengües i dels grups lingüístics en les societats plurilingües. Una llambregada al dret comparat / Antoni Milian i Massana, Catedràtic de dret administratiu de la Universitat Autònoma de Barcelona
Milian i Massana, Antoni (Universitat Autònoma de Barcelona)

Data: 2002
Resum: De l'abstract: "De acuerdo con el enunciado del título, este trabajo examina las formas de intervención lingüística posibles por parte de los poderes públicos y enumera y comenta las técnicas jurídicas existentes para la protección de las lenguas y de los grupos lingüísticos en las sociedades plurilingües. Una breve introducción (apartado 1) nos recuerda las causas del incremento de las sociedades con lenguas en contacto y nos advierte que no es frecuente que dichas lenguas en contacto disfruten de una posición de equilibrio. Después (apartado 2) el trabajo destaca la necesidad de distinguir entre las relaciones de naturaleza pública u oficial y las relaciones de naturaleza privada (inter privatos) a la hora de analizar las intervenciones lingüísticas y de estudiar las técnicas jurídicas de protección. Todavía dentro de las relaciones de naturaleza privada se señala la conveniencia de diferenciar entre aquellas relaciones que se manifiestan en lugares públicos o de tránsito público (por ejemplo, publicidad en la vía pública) de aquellas otras que tienen una manifestación estrictamente privada o familiar o que inciden en los derechos de la personalidad de los individuos (por ejemplo, lengua del hogar, nombre de los individuos). Estas distinciones son relevantes porque las intervenciones lingüísticas restrictivas, constrictivas o impositivas no pueden ser las mismas en cada uno de los tres supuestos indicados: mientras en el ámbito de lo público u oficial dichas intervenciones son habituales, en el ámbito de lo privado están sujetas a importantes limitaciones, siendo sin embargo siempre ilícitas en el ámbito de lo estrictamente privado o familiar. Sigue a continuación (apartado 3) una exposición de las diversas finalidades y objetivos que pueden perseguir las intervenciones lingüísticas, cuyas manifestaciones extremas y antagónicas serían la asimilación y desaparición de una lengua o, por el contrario, su fomento, protección y normalización. Ya en relación con las intervenciones lingüísticas asimilacionistas se indican los motivos o causas que las impulsan, que pueden consistir en razones de carácter político, religioso o políticoeconómico. Continuado aún con las intervenciones asimilacionistas se indican luego las justificaciones que suelen acompañarlas, las cuales consisten en una aparente voluntad «higiénica» o «altruista». Frente a las intervenciones asimilacionistas, habría la no intervención, de la que se destaca su naturaleza no neutral, y las intervenciones protectoras, que son las que ocupan, junto con las técnicas jurídicas en que se materializan, las consideraciones y reflexiones de los demás apartados del trabajo. Tras un exposición sintética (apartado 4) de los dos grandes principios vertebradores de las políticas lingüísticas y, por tanto, de las intervenciones lingüísticas (los principios de la territorialidad y de la personalidad), el trabajo analiza las consecuencias que se derivan de la atribución a una lengua de la condición de idioma oficial (apartado 5). Estas consecuencias, mencionadas y comentadas en el trabajo, son, por su importancia, las que permiten asegurar que el reconocimiento de la oficialidad sea probablemente la técnica jurídica más incisiva para proteger una lengua. De ahí que no resulte nada indiferente que una lengua alcance o no el estatus de idioma oficial. El trabajo continúa con una enumeración detallada, elaborada a partir del Derecho comparado, de las principales técnicas jurídicas que existen destinadas a la protección y salvaguarda de las lenguas y de los grupos lingüísticos (apartado 6). Las numerosas técnicas que se recogen se hallan sistematizadas en tres epígrafes, según se trate de técnicas jurídicas de protección aplicables a las relaciones de naturaleza privada (y aquí se distingue entre técnicas no constrictivas y técnicas constrictivas), de técnicas jurídicas de protección aplicables a la enseñanza o de técnicas aplicables a las relaciones de naturaleza pública u oficial. A pesar de que no se trate de una forma específica y directa de intervención lingüística, ya que es algo que existe al margen de estas intervenciones, el apartado siguiente está dedicado al contenido lingüístico de los derechos fundamentales (apartado 7). En la medida que el contenido de algunos de estos derechos comprende una dimensión lingüística, este contenido lingüístico inherente deberá ser respetado si no se quiere infringir el derecho fundamental correspondiente. Por tanto, es importante destacar la dimensión lingüística de los derechos fundamentales, ya que, en los Estados plurilingües donde está en vigor una carta de derechos y libertades fundamentales pero resulta que los grupos lingüísticos son sistemáticamente ignorados, dicha dimensión hará posible obtener de los tribunales, al menos, el respeto de los derechos lingüísticos que son inherentes a los derechos fundamentales. En la protección de las lenguas y de los grupos lingüísticos tampoco debe despreciarse la función que desempeñan y que pueden desempeñar los tratados internacionales, aspecto al que se refiere el apartado 8. Unas consideraciones finales cierran el trabajo (apartado 9). A destacar la advertencia de que el Derecho, considerado de forma aislada, y ello sin menospreciar su importancia e incidencia, es un instrumento insuficiente para la promoción y la protección de las lenguas. Son numerosos los contextos en los que la protección realmente efectiva de las lenguas necesita, además de la adopción de medidas legales adecuadas, ir acompañada de una verdadera transformación social. En todo caso, concluye el trabajo, los estados plurilingües, si quieren ser de verdad plurales y democráticos, han de tener la firme voluntad de promover y salvaguardar las lenguas que tradicionalmente e históricamente se hablan en su seno".
Nota: Bibliografia (p. 121-124)
Document: Estudi
Matèria: Interferències lingüístiques ; Contacte de llengües ; Política lingüística ; Dret
Publicat a: Revista de Llengua i Dret, Núm. 37 (setembre 2002), p. 105-128 (Estudis sobre dret lingüístic) , ISSN 2013-1453




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